Artículo 5. Competencias.
Artículo 5 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado. · BOE-A-2003-21539
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-11-27.
Texto consolidado
El Presidente del Museo Nacional del Prado es el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, al que corresponderá su tutela, así como la aprobación de los planes generales de actuación y del anteproyecto de presupuesto que le someta el Real Patronato para su tramitación, conforme a la Ley General Presupuestaria.