El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 5. Plazo de funcionamiento de la Universidad y sus centros.

Artículo 5 de la Ley 4/1997, de 24 de abril, por la que se reconoce como Universidad privada a la Universidad S.E.K., con sede en Segovia. · BOE-A-1997-14411

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-27.

Texto consolidado

1. La IE Universidad y cada uno de sus centros deberán mantenerse en funcionamiento, al menos, durante el período de tiempo que permita finalizar sus estudios a los alumnos que, con un aprovechamiento académico normal, los hubieran iniciado en ella.

2. En todo caso, y en ausencia de compromiso específico previsto en las normas de organización y funcionamiento de la Universidad o en otras normas aplicables, se considerará que el tiempo mínimo a que se hace referencia en el apartado anterior es el que resulte de la aplicación de las normas de extinción de los planes de estudio modificados a que se refiere el artículo 11.3 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio.

Se modifican las referencias hechas a la Universidad por la disposición adicional de la Ley 13/2008, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-812

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-27.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-812.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 4/1997

En El Vínculo puedes leer Ley 4/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.