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Ley Derogada

Artículo 5. Tramitación preferente y urgente.

Artículo 5 de la Ley 3/2015, de 9 de febrero, sobre tramitación preferente de Inversiones Estratégicas para Canarias. · BOE-A-2015-2297

Atención: Ley 3/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las inversiones declaradas de interés estratégico para Canarias tendrán en sus distintos trámites administrativos un impulso preferente y urgente ante cualquier administración pública canaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-17.

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