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Ley Vigente

Artículo 5. Zonas de utilización de las lenguas y modalidades lingüísticas propias.

Artículo 5 de la Ley 3/2013, de 9 de mayo, de uso, protección y promoción de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón. · BOE-A-2013-6103

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-24.

Texto consolidado

Además del castellano, lengua utilizada en toda la Comunidad Autónoma, a los efectos de esta Ley existen en Aragón:

a) Una zona de utilización histórica predominante de la lengua aragonesa propia de las áreas pirenaica y prepirenaica de la Comunidad Autónoma, con sus modalidades lingüísticas.

b) Una zona de utilización histórica predominante de la lengua aragonesa propia del área oriental de la Comunidad Autónoma, con sus modalidades lingüísticas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-06-24.

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