Artículo 5. Autoridad pública.
Artículo 5 de la Ley 3/2013, de 28 de junio, de medidas de autoridad del profesorado. · BOE-A-2013-11336
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-05.
Texto consolidado
El profesorado, tendrá, en el ejercicio de las potestades de gobierno, docentes y disciplinarias que tengan atribuidas, la condición de autoridad pública, y gozará de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico.