Artículo 5. Contratos sujetos a regulación armonizada.
Artículo 5 de la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad. · BOE-A-2011-13239
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.
Texto consolidado
Son contratos sujetos a regulación armonizada a los efectos de esta Ley:
a) Los contratos de suministro y de servicios a que se refiere el artículo 2, cuyo valor estimado, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, sea igual o superior a 432.000 euros.
b) Los contratos de obras a que se refiere el artículo 2, cuyo valor estimado, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, sea igual o superior a 5.404.000 euros.
c) En todo caso, los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado.
Se modifican las letras a) y b) por el art. único.3.a) y b) de la Orden HAC/1517/2025, de 18 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-26605
Se modifican las letras a) y b) por el art. único.3.a) y b) de la Orden HFP/1352/2023, de 15 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-25764
Se modifican las letras a) y b) por el art. único.3 de la Orden HFP/1499/2021, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-21885
Se modifican las letras a) y b) por el art. único.3 de la Orden HAC/1272/2019, de 16 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-18748
Se modifican las letras a) y b) por el art. 1.3 de la Orden HFP/1298/2017, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-15717
Se modifican las letras a) y b) por el art. único.3.a) y b) de la Orden HAP/2846/2015, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-14343.
Se modifican las letras a) y b) por el art. único.3.a) y b) de la Orden HAP/2425/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13650.
Se modifican las letras a) y b) por el art. único.3.a) y b) de la Orden EHA/3479/2011, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-20024.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 9 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-26605.