Artículo 5. Adquisición en la transmisión parcial.
Artículo 5 de la Ley 23/2001, de 31 de diciembre, de cesión de finca o de edificabilidad a cambio de construcción futura. · BOE-A-2002-2201
Atención: Ley 23/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Si la cesión se hace mediante la transmisión de una cuota de la finca o de la edificabilidad, en la descripción de las diferentes viviendas, de los locales o de las edificaciones proyectados ha de constar la respectiva adjudicación a cada uno de los propietarios, que ha de hacerse efectiva a medida que la obra se complete.