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Ley Vigente

Artículo 5. Las partes.

Artículo 5 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. · BOE-A-2007-13411

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-10-12.

Texto consolidado

Las partes del contrato a distancia son el proveedor y el consumidor.

Se considera como proveedor toda persona física o jurídica, privada o pública, que, en el marco de sus actividades comerciales o profesionales, presta un servicio financiero a distancia. A los efectos de esta Ley, se considera como proveedores a quienes intervengan por cuenta propia como intermediarios en cualquier fase de la comercialización.

A los efectos de esta Ley, se consideran como consumidores las personas físicas que, en los contratos a distancia, actúan con un propósito ajeno a su actividad empresarial o profesional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-10-12.

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