El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 5. Objetivos.

Artículo 5 de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja. · BOE-A-2001-11814

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-22.

Texto consolidado

La actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia turística tendrá como objetivos:

a) La promoción de un turismo de calidad, acorde con las expectativas y necesidades de la demanda.

b) Propiciar el crecimiento de la actividad turística mediante la utilización de planes y desde el enfoque del desarrollo sostenible, promoviendo la conservación y el respeto de los valores ecológicos y culturales de La Rioja.

c) La protección de los derechos de los turistas.

d) La ordenación de las empresas, establecimientos y actividades turísticas.

e) La formación, especialización y perfeccionamiento de los profesionales del sector, así como la regulación de las profesiones turísticas.

f) Promover el asociacionismo dentro del sector, principalmente cuando tienda a la mejora de la calidad de la oferta.

g) La coordinación interadministrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-22.

Más artículos de Ley 2/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.