Articulo 5.
Artículo 5 de la Ley 2/1985, de 8 de mayo, sobre iniciativa legislativa popular y de los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1985-18953
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-05-22.
Texto consolidado
1. Una vez admitida la proposición, la Mesa de las Cortes de Castilla-La Mancha lo notificará, mediante certificación del acuerdo adoptado, a la Comisión Promotora, al objeto de que proceda a la recogida de las firmas requeridas.
2. El procedimiento de recogida de firmas deberá finalizar en el plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente a la devolución a la Comisión Promotora de los pliegos presentados debidamente diligenciados, acreditándose debidamente esta fecha en los propios pliegos.