Artículo 5.
Artículo 5 de la Ley 16/2019, de 8 de abril, del estatuto especial de capitalidad de la ciudad de Eivissa. · BOE-A-2019-6701
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-14.
Texto consolidado
De acuerdo con esta ley, corresponde al Ayuntamiento de Eivissa dictar las normas reglamentarias que regulan su organización y la actividad municipal en materia de obras, de intervención, de servicios y de actividad económica, siempre en el marco de la legislación vigente.
Aun así, cuando se trate de la regulación de materias correspondientes a los intereses concurrentes con la administración autonómica o insular, se seguirá lo que dispone esta ley con respecto al Consejo de Capitalidad.