El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 5. La Dirección.

Artículo 5 de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico. · BOE-A-1998-2987

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-24.

Texto consolidado

La persona que ocupa la Dirección con rango de director o directora general es nombrada y separada por decreto del Gobierno y tiene las siguientes funciones:

a) Elaborar anualmente el plan de actuación y el anteproyecto y la liquidación del presupuesto, para presentarlos a la Presidencia para que los apruebe.

b) Dirigir, coordinar, gestionar e inspeccionar los servicios de acuerdo con las directrices de la Presidencia.

c) Administrar y gestionar los recursos económicos del Servicio.

d) Ordenar los gastos y los pagos dentro de los límites establecidos.

e) Proponer la plantilla del Servicio, la relación de puestos de trabajo y el régimen retributivo del personal en el marco de la legislación aplicable.

f) Contratar el personal del Servicio en régimen laboral.

g) Resolver los expedientes sancionadores que se incoen por infracciones cometidas contra la normativa de tráfico, la circulación de vehículos y la seguridad vial a las vías interurbanas y travesías, sin perjuicio de las competencias municipales.

h) Resolver los expedientes sancionadores que se incoen por infracciones cometidas en vías urbanas de los municipios que hayan firmado un convenio de acuerdo con el artículo 11.

i) Resolver los expedientes sancionadores relativos a las autoescuelas y a los centros de reconocimiento de aptitudes psicotécnicas de los conductores.

j) Resolver los recursos administrativos.

k) Ejercer cualquier otra función que le delegue la Presidencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-737.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 14/1997

En El Vínculo puedes leer Ley 14/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.