Artículo 5. Patronato.
Artículo 5 de la Ley 14/1991, de 29 de abril, de Creación del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera. · BOE-A-1991-10513
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-05-20.
Texto consolidado
1. El Patronato, definido en el artículo 23 de la Ley 4/1989, estará integrado por los siguientes miembros:
El Presidente, que será nombrado por el Gobierno de la Nación, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Un representante de cada uno de los Ministerios de Defensa; de Obras Públicas y Urbanismo; de Educación y Ciencia; de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de Transportes, Turismo y Comunicaciones.
Tres representantes de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Un representante del Consell Insular de Mallorca.
Un representante del Ayuntamiento de Palma.
Un representante de la Universidad de las Islas Baleares.
Un representante de las Cofradías de Pescadores.
Un representante del Instituto Español de Oceanografía (IEO).
Dos representantes de las Asociaciones Conservacionistas, uno de las de ámbito balear y otro de las de ámbito nacional.
El Director del Parque.
El Director adjunto del Parque.
2. El Patronato funcionará en Pleno y en Comisión Permanente. Podrán constituirse grupos de trabajo.
3. La Comisión Permanente del Patronato estará integrada por los siguientes miembros:
El Presidente del Patronato.
Los representantes de los Ministerios de Defensa; de Obras Públicas y Urbanismo; de Educación y Ciencia; de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de Transportes, Turismo y Comunicaciones.
Los representantes de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Los representantes del Consell Insular de Mallorca y del Ayuntamiento de Palma.
El representante del Instituto Español de Oceanografía (IEO).
El representante de las Asociaciones dedicadas a la Conservación de la Naturaleza balear.
El representante de las Asociaciones dedicadas a la Conservación de la Naturaleza de ámbito nacional.
El Director-Conservador.
El Director adjunto del Parque.