Artículo 5. Régimen de domingos y días festivos.
Artículo 5 de la Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de horarios comerciales de Galicia. · BOE-A-2007-2207
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-02-15.
Texto consolidado
1. Los domingos y días festivos en que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público serán, como máximo, de diez al año.
2. Los establecimientos comerciales habrán de permanecer cerrados los días 1 de enero, 1 de mayo, 17 de mayo, 25 de julio y 25 de diciembre.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-2252.