Articulo 5. Medidas de ordenación del territorio.
Articulo 5 de la Ley 10/1997, de 17 de noviembre, por la que se instrumenta la aplicación del Plan Estratégico del Bajo Ebro Aragonés y se aprueban medidas para su mejor ejecución. · BOE-A-1997-26171
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-25.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón impulsará la electrificación de la zona y la mejora de las infraestructuras de transporte del Bajo Ebro aragonés, en particular, la conexión con el arco mediterráneo, y coordinará las actuaciones en la red viaria de la Administración General del Estado y de la propia Comunidad Autónoma, conforme a los criterios establecidos en las Directrices Generales de Ordenación Territorial.