Artículo 5. Vertidos prohibidos.
Artículo 5 de la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento. · BOE-A-1993-31103
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-11-12.
Texto consolidado
Quedan prohibidos los vertidos al Sistema Integral de Saneamiento de todos los compuestos y materias que de forma enumerativa quedan agrupados, por similitud de efectos, en el anexo 1.