Artículo 5. Relaciones con la Administración.
Artículo 5 de la Ley 1/2017, de 9 de marzo, de Creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2017-7175
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-13.
Texto consolidado
En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Comunidad de Madrid se relacionará con la Administración de la Comunidad de Madrid a través de la Consejería competente en materia de colegios profesionales. En los aspectos relativos a los contenidos propios de la profesión, el Colegio se relacionará con dicha Administración a través de las Consejerías competentes en materia de sanidad y de servicios sociales.