Artículo 5. Relaciones con la Administración.
Artículo 5 de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Cantabria. · BOE-A-2016-1404
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-05.
Texto consolidado
En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Cantabria se relacionará con la Administración de la Comunidad Autónoma a través de la consejería competente en materia de Colegios Profesionales. En los aspectos relativos a los contenidos propios de su profesión, se relacionará con la consejería competente en materia de industria.