Artículo 5. Principios informadores generales.
Artículo 5 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2011-5202
Atención: Ley 1/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las relaciones de colaboración y cooperación que la Comunidad Autónoma de Aragón establezca a través de los convenios y acuerdos regulados en esta ley vendrán orientadas por los principios de lealtad institucional, coordinación y ayuda mutua, con el fin de propiciar un mejor servicio a los ciudadanos y una utilización racional de los recursos públicos.
2. La suscripción de convenios y acuerdos no podrá suponer en ningún caso la renuncia de la titularidad de las competencias que correspondan a la Comunidad Autónoma de Aragón.