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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 5. Número de organizaciones interprofesionales agroalimentarias andaluzas reconocidas.

Artículo 5 de la Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2005-5093

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-13.

Texto consolidado

1. La Consejería competente en la materia sólo reconocerá una única organización interprofesional agroalimentaria andaluza por sector o producto.

2. (Suprimido).

3. Excepcionalmente podrá reconocerse más de una organización interprofesional agroalimentaria andaluza por producto, cuando su destino final o la diferenciación por calidad dé lugar a un mercado específico.

Se suprime el apartado 2 por el art. 8.3 del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo. Ref. BOJA-b-2020-90058

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-13.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-90058.

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