Artículo 5. Irrenunciabilidad de los derechos.
Artículo 5 de la Ley 1/1999, de 17 de marzo, del Estatuto de los Productores e Industriales Agroalimentarios de las Illes Balears. · BOE-A-1999-8272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-25.
Texto consolidado
La renuncia previa al ejercicio de los derechos reconocidos en esta Ley y normas complementarias, los actos en fraude de ley y los pactos que tengan por objeto la exclusión de su aplicación, son nulos de pleno derecho, de acuerdo con la legislación civil.