Artículo 5. Cuantía económica de la ayuda.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-13.
Texto consolidado
La ayuda económica máxima a conceder por modalidad y beneficiario, será la siguiente:
1. En la línea de Microcréditos Circulante COVID-19: Hasta 1.220 euros.
2. En la línea Extraval Circulante COVID-19: Hasta 10.700 euros.
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- Ver la norma completa: Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19.