Artículo 5. Medidas de refuerzo de la actividad de control e inspección.
Atención: Decreto-ley 5/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Al objeto de garantizar el bienestar y la seguridad de los usuarios y de las personas que trabajan en los centros residenciales se podrá acordar, para hacer frente a situaciones excepcionales de salud pública que exijan un refuerzo de la actividad habitual de supervisión, inspección y control, la atribución de funciones inspectoras a personal funcionario destinado en la consejería competente en materia de servicios sociales, en los términos previstos en la normativa sobre función pública de la Comunidad.
Más artículos de Decreto-ley 5/2020
- ← Artículo 4. Medidas de información de la actuación de los centros residenciales
- → Artículo 6. Medidas especiales de formación.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 5/2020, de 18 de junio, por el que se regulan las medidas extraordinarias que deben adoptarse en la atención social en los centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad en Castilla y León para garantizar la protección de usuarios y profesionales ante situaciones excepcionales de salud pública declaradas oficialmente.