Artículo 5. Principios financieros y presupuestarios
Artículo 5 del Decreto-ley 1/2011, de 29 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes de racionalización del Sector Público Empresarial. · BOA-d-2011-90078
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-05.
Texto consolidado
1. Con carácter general, los ingresos que obtengan las sociedades a las que se refiere la presente norma deben ser suficientes para cubrir sus gastos e inversiones.
2. Igualmente, con carácter general, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 145 de la Ley del Patrimonio de Aragón, la elaboración, aprobación y ejecución de sus presupuestos se realizará al menos en términos de equilibrio económico financiero, de acuerdo con lo previsto en la legislación de estabilidad presupuestaria.