Artículo 49. Nulidad y anulabilidad de los actos de las corporaciones colegiales.
Artículo 49 del Real Decreto 132/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2018-5616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-26.
Texto consolidado
Los actos de las corporaciones colegiales serán nulos de pleno derecho o anulables en los casos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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