Artículo 49. Colaboración con la Administración local y con la iniciativa social.
Artículo 49 de la Ley 7/2007, de 13 de abril, Canaria de Juventud. · BOE-A-2007-10409
Atención: Ley 7/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Canarias, dentro de sus previsiones presupuestarias, establecerá gradualmente convenios de cooperación o colaboración con los entes locales de duración preferentemente plurianual.
2. Las Administraciones Públicas de Canarias fomentarán la implicación y compromiso de la iniciativa social de las entidades privadas en políticas de apoyo a la juventud.