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Ley Vigente

Artículo 49. Asignación de fincas de reemplazo en procedimientos de concentración parcelaria.

Artículo 49 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. · BOE-A-2003-20254

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-04.

Texto consolidado

No será necesario tramitar el procedimiento de investigación cuando con motivo de concentraciones parcelarias se asignen a la Administración General del Estado fincas de reemplazo carentes de titular.

El acto o acuerdo de asignación constituirá título suficiente para la toma de posesión e inscripción de las mismas a favor de la Administración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-02-04.

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