Artículo 49. Comisión de Coordinación.
Artículo 49 de la Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12493
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-12.
Texto consolidado
Con el fin de coordinar la acción de las diferentes Administraciones Públicas implicadas en la aplicación de la Ley, se creará una Comisión de Coordinación presidida por el titular de la consejería competente en materia de servicios sociales, y de la que formarán parte las consejerías que tengan atribuciones en materia de empleo, educación, salud, vivienda y servicios sociales y una representación de los ayuntamientos de la Comunidad elegidos por la Federación de Municipios de la Región de Murcia.