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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 49.

Artículo 49 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito. · BOE-A-1988-18845

Atención: Ley 26/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Cuando una entidad de crédito española pretenda abrir una sucursal en otro Estado miembro de la Comunidad Europea deberá solicitarlo previamente al Banco de España. Acompañará a dicha solicitud, al menos, la siguiente información:

a) Un programa de actividades en el que se indiquen, en particular, las operaciones que pretenda realizar y la estructura de la organización de la sucursal.

b) El nombre e historial de los directivos responsables de la sucursal.

2. El Banco de España resolverá, mediante decisión motivada, en el plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de todas las informaciones. Salvo que el programa de actividades presentado recoja actividades no autorizadas a la entidad, o el Banco de España tenga razones para dudar, visto el proyecto en cuestión, de lo adecuado de las estructuras administrativas o de la situación financiera de la entidad de crédito, el Banco aprobará la solicitud. La falta de resolución en plazo equivaldrá a una denegación de la pretensión.

El Banco de España comunicará el número y la naturaleza de los casos en los que se haya producido una denegación de la pretensión a la que se refiere este artículo a la Comisión Europea y a la Autoridad Bancaria Europea.

3. Las resoluciones que dicte el Banco de España en el ejercicio de las funciones previstas en los apartados anteriores y en los Títulos V y VI serán susceptibles de recurso ordinario ante el Ministro de Economía y Hacienda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-03-25.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 10/2012, de 23 de marzo, por el que se modifican determinadas normas financieras en relación con las facultades de las Autoridades Europeas de Supervisión..

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