Artículo 49. Determinación de la base imponible mediante el método de estimación directa.
Artículo 49 de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-4920
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-20.
Texto consolidado
1. En el caso de abastecimientos por entidad suministradora, el volumen de agua utilizado o consumido será el suministrado por dicha entidad medido por el contador.
2. En el caso de concesiones o autorizaciones de uso o de captaciones propias, con vertido a la red pública de saneamiento o al sistema general de colectores públicos, el volumen será el medido por el contador instalado. A tal efecto el contribuyente deberá presentar las declaraciones indicadas en el artículo 78.