El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 48. Comunicación pública y efectos de las notificaciones.

Artículo 48 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva. · BOE-A-1993-4678

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-02-20.

Texto consolidado

Con independencia de la notificación personal, podrá acordarse la comunicación pública de las resoluciones sancionadoras, respetando el derecho al honor y la intimidad de las personas conforme a la legalidad vigente.

No obstante, las providencias y resoluciones no producirán efectos para los interesados hasta su notificación personal, salvo en los supuestos previstos en el artículo 49 del presente Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-02-20.

Más artículos de Real Decreto 1591/1992

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1591/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.