Artículo 48. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos públicos.
Artículo 48 de la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000. · BOE-A-1999-24785
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-01.
Texto consolidado
Se autoriza a los Organismos públicos que figuran en el anexo III de esta Ley a concertar operaciones de crédito durante el año 2000 por los importes que, para cada uno, figuran en el anexo citado.