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Ley Vigente

Artículo 48. Facultad inspectora.

Artículo 48 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO). · BOE-A-2005-11132

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-05.

Texto consolidado

1. Sin perjuicio de la competencia de otras administraciones, la inspección, la vigilancia y el control de las materias objeto de esta ley corresponden a la consejería competente en materia de medio ambiente la cual promoverá los mecanismos de control necesarios con los otros órganos de la Administración autonómica y del resto de administraciones públicas.

2. Los cuerpos de inspección, vigilancia y control de la Consejería de Medio Ambiente, a los cuales se les atribuyan estas funciones, tienen la condición de agentes de la autoridad siempre que las ejerzan en cumplimiento de esta ley y acrediten su condición y actuación con la correspondiente documentación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-06-05.

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