Artículo 48. Condiciones de aplicación del sistema dinámico de adquisición.
Artículo 48 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. · BOE-A-2007-18875
Atención: Ley 31/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La duración de un sistema dinámico de adquisición no podrá ser superior a cuatro años, salvo en casos excepcionales debidamente justificados.
2. No se podrá cargar a los operadores económicos interesados o a quienes sean parte en el sistema ningún precio o gasto administrativo de tramitación.
3. Las entidades contratantes no podrán recurrir a este sistema de manera que la competencia se vea obstaculizada, restringida o falseada.
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- Ver la norma completa: Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.