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Ley Derogada

Artículo 47. Jornada de trabajo de los funcionarios públicos.

Artículo 47 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. · BOE-A-2007-7788

Atención: Ley 7/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las Administraciones Públicas establecerán la jornada general y las especiales de trabajo de sus funcionarios públicos. La jornada de trabajo podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-13.

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