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Ley Vigente

Artículo 47. Comprobaciones administrativas.

Artículo 47 de la Ley 4/2017, de 12 de julio, de Industria de las Illes Balears. · BOE-A-2017-10495

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-21.

Texto consolidado

El órgano competente en materia de industria requerirá a la persona titular de la instalación todas las inspecciones y certificados realizados por los agentes del sistema de la seguridad que considere oportunos para comprobar el cumplimiento de las prescripciones técnicas y de seguridad exigidas por la reglamentación vigente, y ordenará, si procede, la corrección de las anomalías detectadas y la paralización de la instalación si se considera que existe un peligro grave inmediato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-21.

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