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Ley Vigente

Artículo 47. Obligaciones derivadas de la inscripción.

Artículo 47 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2017-1373

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-30.

Texto consolidado

1. La inscripción en el Registro conlleva las siguientes obligaciones:

a) Aceptar que la información proporcionada se haga pública.

b) Garantizar que la información proporcionada es completa, correcta y fidedigna.

c) Cumplir el código de conducta.

d) Aceptar la aplicación del régimen de control y fiscalización y las medidas correspondientes, en caso de incumplimiento del código de conducta o de lo establecido por la presente ley.

2. El incumplimiento de las obligaciones reguladas en esta ley o de las contenidas en el código de conducta, dará lugar a las responsabilidades y sanciones previstas en el título IV de la presente ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-01-30.

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