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Ley Vigente

Artículo 47. Régimen patrimonial.

Artículo 47 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. · BOE-A-2023-4513

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-13.

Texto consolidado

1. La Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. tendrá patrimonio propio e independiente del patrimonio de la Administración General del Estado.

2. La Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. contará, para el cumplimiento de sus fines, con los siguientes bienes y medios económicos:

a) Las asignaciones que se establezcan anualmente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

b) Los bienes y derechos que constituyan su patrimonio, así como los productos y rentas del mismo.

c) El porcentaje que se determine en la Ley de Presupuestos Generales del Estado sobre las cantidades correspondientes a sanciones pecuniarias impuestas por la propia Autoridad en el ejercicio de su potestad sancionadora.

d) Cualesquiera otros que legal o reglamentariamente puedan serle atribuidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-13.

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