Artículo 47. Órganos autonómicos de coordinación en materia de violencia de género.
Artículo 47 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León. · BOE-A-2010-20072
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-21.
Texto consolidado
1. Son órganos autonómicos de coordinación en materia de violencia de género, la Comisión Interconsejerías para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en los términos establecidos en la legislación vigente sobre igualdad de oportunidades, la Comisión Regional contra la Violencia de Género, y las Comisiones Territoriales contra la Violencia de Género, así como cualquier otro que pueda crearse.
2. La composición, funciones, organización y régimen de funcionamiento de dichos órganos se regulará normativamente.