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Orden Derogada

Artículo 46. Objeto y requisitos.

Artículo 46 de la Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2015-14059

Atención: Orden ECD/2796/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las empresas productoras que reúnan los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 5 de esta orden, podrán acceder a las ayudas para la participación de películas en festivales y en ceremonias de premios de reconocido prestigio, siempre que la película objeto de solicitud tenga la nacionalidad española o esté en disposición de obtenerla por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y haya sido seleccionada o invitada por parte del promotor del festival o convocante del premio, salvo supuestos excepcionales que puedan establecerse en la convocatoria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

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