Artículo 46.
Artículo 46 de la Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones. · BOE-A-1979-5952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-03-19.
Texto consolidado
Los acuerdos tomados por la Junta administrativa en sesión de primera convocatoria serán válidos si asisten, por lo menos, dos Vocales civiles y dos militares, pero en las convocatorias sucesivas serán firmes aquéllos sin este requisito, siendo también necesaria la justificación de convocatoria a que se refiere el articulo 39.