Artículo 46. Disposiciones comunes.
Artículo 46 de la Ley 7/2011, de 1 de abril, de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-7331
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.
Texto consolidado
En lo no previsto en la presente ley, el personal de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de las administraciones públicas tendrá los mismos derechos y obligaciones que el resto del personal al servicio de las administraciones públicas.