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Ley Vigente

Artículo 46. Suministro de información a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), al Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU).

Artículo 46 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-2002-25412

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

Texto consolidado

Uno. A fin de mantener actualizados los registros de sus respectivos colectivos, las Comunidades Autónomas informarán mensualmente a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), al Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) de la situación de sus funcionarios incluidos en el campo de aplicación del Mutualismo Administrativo, gestionado por cada una de ellas.

Dos. Con la misma periodicidad, las Comunidades Autónomas y las Mutualidades arriba mencionadas intercambiarán la información correspondiente a los colectivos que, en virtud de los conciertos suscritos al efecto con instituciones de la Seguridad Social, reciban asistencia sanitaria a través de los Servicios de Salud de cada Comunidad Autónoma.

Los datos que se proporcionen en virtud de lo dispuesto en el presente artículo, serán objeto de las medidas de seguridad previstas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, y sus normas de desarrollo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

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