Artículo 46. Competencias.
Artículo 46 de la Ley 5/2003, de 26 de marzo, reguladora de La Red de Itinerarios Verdes de La Rioja. · BOE-A-2003-7529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-23.
Texto consolidado
1. La imposición de sanciones leves y graves corresponde al Consejero competente.
2. La imposición de sanciones muy graves corresponde al Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja.