Artículo 46. Responsabilidad.
Artículo 46 de la Ley 4/2025, de 15 de diciembre, de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía. · BOE-A-2026-422
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-23.
Texto consolidado
1. Serán sancionados por los hechos constitutivos de la infracción prevista en el artículo 47 de la presente ley los sujetos promotores de espacios productivos responsables de la misma.
2. En el caso de que una persona jurídica sea la responsable de la infracción, podrá considerarse responsables, además, a las personas físicas integrantes de sus órganos de dirección que hubieran autorizado o consentido la comisión de la infracción. Estas personas físicas serán consideradas responsables, en todo caso, si la persona jurídica se extinguió antes de haberse dictado la resolución sancionadora.