Artículo 46. Reservas.
Artículo 46 del Instrumento de Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. · BOE-A-2008-6963
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-05-03.
Texto consolidado
1. No se permitirán reservas incompatibles con el objeto y el propósito de la presente Convención.
2. Las reservas podrán ser retiradas en cualquier momento.