El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 46.

Artículo 46 del Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. · BOE-A-2010-16139

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-07.

Texto consolidado

La disposición adicional pasa a ser la disposición adicional primera y se añade una disposición adicional segunda con el siguiente texto:

«Disposición adicional segunda.

En el momento en que quede sin contenido el artículo 4, se extingue el Registro de empresas de venta domiciliaria y cesa la obligación de constituir fianza caucional para esta modalidad de venta.

El órgano competente de la Administración de la Generalidad tiene que iniciar el procedimiento que prevé el artículo 9 del Decreto 221/1999, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos de la Generalidad de Cataluña, y se unifica el régimen de las garantías que ante ella se pueden presentar, con el fin de cancelar las fianzas caucionales constituidas en virtud de obligaciones que este Decreto legislativo suprime. No obstante, en los casos mencionados, las personas interesadas pueden pedir, en cualquier momento posterior a la entrada en vigor de este Decreto legislativo, la devolución de la fianza caucional dentro de los plazos previstos por la legislación aplicable al patrimonio de las administraciones públicas.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-10-07.

Más artículos de Decreto Legislativo 3/2010

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 3/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.