Artículo 45. Funciones.
Artículo 45 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2011-14987
Atención: Real Decreto 1239/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las Facultades y Escuelas y la Escuela Internacional de Doctorado tendrán como funciones propias, además de las que tengan asignadas con carácter general y de las que ocasionalmente puedan serle encomendadas por los órganos superiores de gobierno de la UNED, las siguientes:
a) Organizar las enseñanzas conducentes a la obtención de las titulaciones que tengan a su cargo, y coordinar la actividad docente de sus Departamentos o de otros Departamentos afectados.
b) Planificar y ordenar la gestión académica y administrativa relativa a sus enseñanzas.
c) Fomentar y coordinar el desarrollo de las actividades académicas y culturales tendentes a mejorar la calidad de la enseñanza, así como la preparación profesional y la formación humana integral de todos sus miembros.
d) Contribuir al aprovechamiento social de los conocimientos propios de su respectivo campo del saber.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-19905.