Artículo 45. Obligados al pago.
Artículo 45 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-2004-741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-12.
Texto consolidado
Estarán obligados al pago de los precios públicos quienes, en cada caso, determine la norma que los establezca.