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Ley Vigente

Artículo 45. Modos de organizar la administración.

Artículo 45 de la Ley 4/2022, de 31 de octubre, de Sociedades Cooperativas de Canarias. · BOE-A-2022-19625

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-10.

Texto consolidado

1. La administración se podrá confiar a:

a) Una administración única.

b) Un consejo rector.

2. Los estatutos de las sociedades cooperativas a que se refiere el apartado 1 del artículo siguiente podrán establecer ambas opciones, atribuyendo a la asamblea general la facultad de optar por una de ellas, sin necesidad de modificar los estatutos, siempre que la opción se produzca en el momento de finalizar su mandato y se apruebe con el quórum previsto para la aprobación de la modificación estatutaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-10.

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